La regulación de los derechos de autor genera importantes controversias y quebraderos de cabeza en el ámbito del Patrimonio Cultural Inmaterial. De hecho, nuestro sistema jurídico ha desarrollado una legislación en función de la propiedad, vinculando esta, en el terreno de lo inmaterial, a la creación o autoría.
¿Qué ocurre, entonces, en el caso de las expresiones del Patrimonio Cultural Inmaterial, en las que resulta difícil o imposible determinar un autor definido? ¿A quién corresponden los derechos de autor reconocidos por la ley?
En el ámbito académico e internacional en general, las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial suscitan profundos debates en lo jurídico. Porque nuestros sistemas legales focalizan los derechos de autor en conceptos y principios tan sólidos como la propiedad y la autoría.